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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.250, artículo 95

Texto

    Artículo 95°.- Con el propósito de acelerar el
desarrollo de un plan que incorpore a las poblaciones y a
los sectores más necesitados del país a las condiciones
mínimas indispensables de vida, destínanse las sumas que a
continuación se indican a los fines que se señalan:
    1) Supleméntanse los ítem que se indican del
Presupuesto de Capital en moneda nacional para 1965, en las
cantidades que se señalan:
09/01/100.1   Para iniciar Programas
              Educacionales
              Extraordinarios_ _ _ _ _ _ E° 24.000.000
              La letra b) del programa
              de absorción del déficit
              educacional primario
              sube en_ _ _ _ _ _ _ _ _   E°  1.000.000
              La letra c) del mismo
              programa aumenta en _ _ _  E°  2.700.000
              El programa de expansión
              y mejoramiento de la
              Educación Secundaria
              aumenta en _ _ _ _ _ _ _ _ E°  3.000.000
              El programa de expansión
              y mejoramiento de la
              Educación Secundaria
              Vespertina y Nocturna
              Fiscal aumenta en _ _ _ _  E°  1.200.000
              El programa de
              mejoramiento de la
              Educación Profesional
              Fiscal, sube en_ _ _ _ _ _ E°  9.100.000
              y agrégase a su glosa la
              siguiente frase: "pudiendo
              con cargo a esta suma,
              efectuarse aportes al
              Servicio de Cooperación
              Técnica Industrial".
              Agrégase a continuación
              del programa de
              mejoramiento de la
              Educación Profesional
              Fiscal, los siguientes
              programas nuevos:
              Para el programa de
              Educación Fundamental en
              el área urbana _ _ _ _ _ _ E°  3.500.000
              Para el programa de
              Educación Fundamental en
              el área rural_ _ _ _ _ _ _ E°  1.000.000
              Para el programa de
              expansión de la Educación
              Superior, incluyendo
              transferencias a las
              Universidades Fiscales y
              a las reconocidas por el
              Estado._ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E°  2.500.000
09/01/100.2   Para construir, instalar
              y equipar el local en
              que funcionará el
              perfeccionamiento del
              profesorado en servicio
              del Ministerio de
              Educación, ramas enseñanza
              secundaria y media
              profesional, en
              conformidad al acuerdo
              comunicado por nota N°
              347. de 14 de Octubre
              de 1960 de la
              Superintendencia de
              Educación Pública y el
              decreto N° 17177 de 23
              de Septiembre de 1964,
              del Ministerio de
              Educación._ _ _ _ _ _ _ _  E°  1.000.000
12/01/125.5   Aportes a instituciones
              descentralizadas para
              en programa de
              construcciones . _ _ _ _ _ E° 19.200.000
              De esta suma deberán
              destinarse E° 7.400.000
              para construir en
              poblaciones marginales
              urbanas y en villorrios
              agrícolas habitaciones
              para obreros y campesinos,
              retenes de policía,
              cuarteles de bomberos,
              oficinas de Registro
              Civil de Correos y
              Telégrafos e instalaciones
              de agua potable y
              alcantarillado, a través
              de la Dirección General
              de Obras Públicas y de
              la Corporación de la
              Vivienda; E° 11.800.000
              para construir y equipar
              talleres para artesanos
              y Centros de Cooperativas
              de Producción a través
              de la Dirección General
              de Obras Públicas y de
              la Corporación de la
              Vivienda.
13/01/125.8   A la Corporación de la
              Reforma Agraria _ _ _ _ _  E° 80.800.000
              Agréguese a la glosa, a
              continuación de las
              palabras "... de
              Agricultura y Pesca" lo
              siguiente: "E° 60.000.000
              para adquirir, expropiar,
              parcelar y dividir
              tierras, construir casas,
              bodegas, establos,
              cercas, obras de riego,
              caminos y otras
              inversiones de
              infraestructura, otorgar
              créditos y asistencia
              técnica.
              E° 16.000.000 para un
              programa de crédito
              supervisado a pequeños
              agricultores propietarios,
              arrendatarios y medieros,
              los que deberán
              transferirse al Instituto
              de Desarrollo Agropecuario,
              para el cumplimiento de
              este programa.
              E° 1.800.000 para un
              programa de Defensa y
              Desarrollo Agropecuario,
              que deberán transferirse
              a la Dirección de
              Agricultura y Pesca y
              E° 3.000.000, para un
              programa de Investigación
              que deberán transferirse
              al Instituto de
              Investigaciones
              Agropecuarias.
16/01/125.11  Al Servicio Nacional
              de Salud ._ _ _ _ _ _ _ _  E° 15.000.000
              Agrégese a la glosa, a
              continuación de las
              palabras "... de Salud
              Pública", lo siguiente:
              E° 2.900.000 para terminar
              las construcciones
              asistenciales iniciadas
              por el Servicio,
              construcción de postas y
              establecimientos menores,
              adquisición de terrenos
              y locales, y ampliaciones
              de los establecimientos
              existentes; E° 100.000
              para el Hospital del
              Tórax, Laboratorio de
              Investigaciones Clínicas
              y Experimentales de
              Cirugía Torácica; E°
              1.400.000 para la
              habilitación y equipamiento
              de los nuevos locales,
              ampliación y renovación
              de equipos en los
              establecimientos
              existentes; E° 5.000.000
              para gastos operacionales
              de los establecimientos
              asistenciales hospitalarios;
              E° 3.850.000 para
              construcción,
              habilitación, equipamiento
              y funcionamiento de
              Centros de Salud, Centros
              de Atención Ambulatoria:
              E° 250.000 para Centro de
              Rehabilitación de
              Parapléjicos; E° 500.000
              para atención dental,
              incluyendo adquisición de
              equipos odontológicos; E°
              1.000.000 para programas
              alimentarios que podrán
              desarrollarse mediante
              transferencias al Servicio
              Médico Nacional de
              Empleados, Ministerio de
              Educación Pública y
              Junta de Auxilio Escolar.
              Podrá imputarse
              directamente a estos
              fondos la creación de
              horas de personal afecto
              a la ley N° 15076 y
              paramédico de Salud.
    2) Créanse los siguientes ítem en el Presupuesto de
Capital en moneda nacional para 1965:
07/01/125.8   Aporte a la Corporación
              de Fomento de la
              Producción, para ejecución
              de un programa de
              inversiones de Desarrollo
              Industrial, Minero,
              Agropecuario y de la
              Energía                    E°  45.000.000
12/01/125.6   Aporte a la Corporación
              de la Vivienda.            E° 115.000.000
              Para iniciar un Programa
              Extraordinario de
              construcción de vivienda
              urbana, erradicaciones
              urbanización y saneamiento
              de terrenos de
              cooperativas de
              Construcción.