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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.250, artículo 29

Texto

    Artículo 29.o- Los escritos presentados en juicios, que
en lo referente al impuesto no se conformaren con los
establecido por esta ley, pagarán además del impuesto, el
recargo indicado en el artículo anterior, dentro de los
cinco días siguientes a la notificación de la resolución
que lo ordene, bajo pena de tenerse como no presentados si
transcurrido este plazo no se hiciere.