Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.899, artículo 39

Texto

    Artículo 39.- Toda referencia que las leyes vigentes
efectúen a la Empresa de Comercio Agrícola", se
entenderán hechas a la "Empresa de Abastecimiento de Zonas
Aisladas".