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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.899, artículo 23

Texto

    Artículo 23.- Con cargo al item 09-01-01-25-33.029, del
Presupuesto del Sector Público de 1989, el Ministerio de
Educación Pública podrá pagar aquellos proyectos de
carácter cultural seleccionados por el Ministro entre los
presentados al concurso nacional de proyectos de desarrollo
cultural convocado por dicho Ministerio.