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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.899, artículo 38

Texto

    Artículo 38.- Introdúcense las siguientes
modificaciones al decreto con fuerza de ley N.° 274, de
1960:
    a) Sustitúyese el artículo 2.° por el que se sigue:
    "Artículo 2.°- La Empresa tiene por objeto atender el
abastecimiento de productos esenciales a la población en
comunas aisladas que no cuenten con proveedores particulares
de dichos bienes."
    b) Suprímese la letra f) del artículo 5.°.
    c) Sustitúyense las letras a), b), c) y d) del
artículo 31 por el siguiente texto:
    "De los recursos o aportes que se le asignen en el
Presupuesto de la Nación o en leyes especiales."
    d) Deróganse los artículos 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22,
23, 24, 25, 26, 27, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 41.
    e) Sustitúyese todas las menciones a la "Empresa de
Comercio Agrícola" por "Empresa de Abastecimiento de Zonas
Aisladas".