ley 18.899, artículo 36
Texto
Artículo 36.- Reemplázase en el inciso final del artículo transitorio 1.° bis del decreto ley N.° 1.519, de 1976, agregado por el artículo 59 de la ley N.° 18.591, la expresión "31 de diciembre de 1989", por "31 de diciembre de 1991".