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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.272, artículo 93

Texto

     Artículo 93.- Derógase la segunda parte del artículo
320 letra I) de la ley Nº 16.640 que se refiere  a los
químicos pertenecientes al Servicio de Impuestos Internos y
declárase que estas personas han continuado para todos los
efectos legales, siendo funcionarios de la mencionada
Institución.