ley 17.272, artículo 34
Texto
Artículo 34.- Derógase el artículo 65 de la ley Nº 17.073, de 31 de Diciembre de 1968. El mayor ingreso tributario derivado de la supresión de la franquicia a que se refiere el inciso anterior, se destinará a los programas de operación sitio, préstamos a cooperativas y viviendas populares urbanas y rulares del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.