ley 18.092, artículo 74
Texto
Artículo 74.- La cláusula "devuelta sin gastos" o "sin protesto" y la que fija el plazo para presentar a la aceptación, puestas por el librador, producen efectos respecto de todos los firmantes de la letra. Estampadas por algún otro oligado sólo producen efectos respecto de éste.