Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.092, artículo 56

Texto

    Artículo 56.- El librado que paga antes del vencimiento
queda responsable de la validez del pago. El que paga la
letra a su vencimiento queda válidamente liberado, a menos
que lo haya hecho a sabiendas para consumar un fraude.