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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dl 2758, artículo 56

Texto

    Artículo 56.- El lock-out, sea total o parcial, sólo podrá ser declarado por el empleador si la huelga afectare a más del 50% del total de los trabajadores de la empresa o del establecimiento en su caso, o significare la paralización de actividades imprescindibles para su funcionamiento, cualquiera fuere en este caso el porcentaje de trabajadores en huelga.