ley 16.391, artículo 23
Texto
Artículo 23° El Reglamento determinará la forma en que se designarán los miembros del Consejo que no lo sean en razón del cargo que desempeñen.
Artículo 23° El Reglamento determinará la forma en que se designarán los miembros del Consejo que no lo sean en razón del cargo que desempeñen.