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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dl 3500, artículo 115

Texto

    Artículo 115.- Las opciones para suscribir acciones de
aumento de capital de la sociedad y de bonos convertibles en
acciones en los términos del artículo 25 de la ley N°
18.046, no podrán ser ejercidas por un accionista en la
parte que exceda los límites de concentración establecidos
en los estatutos de la sociedad.