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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 11.219, artículo 13 transitorio

Texto

    Artículo 13°. Extiéndese a la aplicación de la
presente ley las disposiciones contenidas en el artículo
9° transitorio de la ley 10.583, de 3 de octubre de 1952,
para cuyo efecto el plazo consultado en el inciso 1° de la
citada disposición se ampliará en seis meses.