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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.255, artículo 33

Texto

     Artículo 33.- A las personas pensionadas o imponentes
de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa
Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de
Chile, no les serán aplicables las disposiciones del
sistema solidario, ni aun cuando además se encuentren
afiliadas o afectas a otro régimen previsional.