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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.695, artículo 54

Texto

    Artículo 54.- Para los efectos establecidos en el
artículo 52, se considerarán motivos graves los
siguientes:
    a) Haber sido suspendido el inculpado a lo menos tres
veces;
    b) Haber sido condenado a pena aflictiva por sentencia
ejecutoriada, y
    c) Ser reincidente en la comisión del delito de amparar
bajo su título profesional a una persona no autorizada
legalmente para ejercer la profesión de asistente social.