Texto
Artículo 22.- La Asamblea General Ordinaria del Consejo
General se celebrará cada dos años, 30 días después de
las elecciones.
En ella el Consejo saliente presentará una Memoria de
su labor bienal y un balance económico.
El Consejo electo presentará su programa de trabajo.
Los Consejos Regionales celebrarán una asamblea
ordinaria al año, en la segunda quincena del mes de Mayo.
En ella se presentará una memoria de la labor anual, un
balance económico y el programa de trabajo del año
siguiente.