ley 10.336, artículo 143
Texto
Artículo 143. Los decretos o resoluciones en cuya virtud se nombren o contraten empleados deberán indicar si éstos deben o no rendir caución y, en caso afirmativo, su monto.
Artículo 143. Los decretos o resoluciones en cuya virtud se nombren o contraten empleados deberán indicar si éstos deben o no rendir caución y, en caso afirmativo, su monto.