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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.336, artículo 22

Texto

    Artículo 22. Los Departamentos y la Secretaría General dependerán directamente del Contralor. Los Subdepartamentos podrán depender de los Departamentos o directamente del Contralor, según lo resuelva éste en atención a las necesidades del servicio.
    La fiscalía de la Contraloría General dependerá directamente del Contralor General.