Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.336, artículo 64

Texto

    Artículo 64. Todos los empleados de las oficinas sujetas a la fiscalización de la Contraloría estarán obligados a prestar declaración ante los delegados, en los casos que sean requeridos, y si no lo hicieren serán suspendidos de sus empleos, sin perjuicio de la responsabilidad que les afecte.