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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Decreto 97 de 1983 del ministerio del trabajo

Encabezado

APRUEBA TABLAS PARA CALCULO DE CAPITALES REPRESENTATIVOS DE PENSIONES DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

     Santiago, 9 de Noviembre de 1983.- Hoy se decretó lo que sigue:

     Núm. 97.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 59 del decreto supremo Nº 238, de 31 de Marzo de 1925, del Ministerio de Salud, y lo establecido en el artículo 28º del decreto supremo Nº 285, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y teniendo presente las atribuciones que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile, 
     Decreto:

Promulgación

     Tómase razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE. General de Ejército, Presidente de la República.- Hugo Gálvez Gajardo, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
     Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Alfonso Serrano Spoerer, Subsecretario de Previsión Social.