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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 14.842

Articulos citados

Encabezado

    FIJA NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE MONTEPIO
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

Promulgación

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, treinta de Enero de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Hugo Gálvez Gajardo.

Circulares relacionadas (2)

Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
07/10/1994Circular 1362VariosCOMPLEMENTA PUNTO 2.2 SOBRE "CADUCIDAD DE LAS MENSUALIDADES" Y REEMPLAZA PÁRRAFO 5° DEL PUNTO 2.3, RELATIVO A "REVISIÓN DE BENEFICIOS CONCEDIDOS", DE LA CIRCULAR N° 1326, DE 25 DE ENERO DE 1994, DE ESTA SUPERINTENDENCIA.Ley 14.842Ley 14.842, artículo 3Ley 19.260Ley 19.260, artículo 4Circular 1362
16/02/1962Circular 149VariosSe refiere a la Ley N° 14.842 de 9 de Febrero de 1962, que fija Normas para el otorgamiento del Beneficio de Montepío.Ley 14.842circular 149