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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Decreto 477 de 1932 del ministerio de fomento

Encabezado

REGLAMENTO GENERAL DE JUBILACIONES E INDEMNIZACIONES POR DESAHUCIO Y ACCIDENTES DEL TRABAJO DEL PERSONAL FERROVIARIO.

     Núm. 477.- Santiago, 30 de Marzo de 1932.- Teniendo presente el texto de las Leyes números 3.379, 3.997 y 4.886 y las leyes complementarias de las mismas, sobre jubilaciones e indemnizaciones por desahucio y accidentes del trabajo y el personal de los Ferrocarriles del Estado, establecido por decreto supremo número 2,259, de 26 de Diciembre último, a virtud de lo dispuesto en el artículo 5.o del D.F.L. número 290, de 20 de Mayo de 1931; y
     En uso de la facultad que me confiere el artículo 72 de la Constitución Política del Estado,

     Decreto:

     Apruébase el siguiente:

     Reglamento General de jubilaciones e indemnizaciones por desahucio y accidentes del trabajo del personal de los Ferrocarriles del Estado.

Promulgación

     Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno.- JUAN E. MONTERO.- Hermán Echeverría.