Ley 3.918
Articulos citados
Encabezado
Lei núm. 3,918.- Por cuanto el Congreso Nacional ha
dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Promulgación
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a
bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y
llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a siete de marzo de mil novecientos
veintitres.- Arturo Alessandri.- A. Rodríguez.