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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.811

Articulos citados

Encabezado

    MODIFICA EL ARTICULO 11 DEL ESTATUTO ORGANICO DE MUTUALIDADES DE EMPLEADORES, APROBADO POR EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 285, DE 1968, Y EL ARTICULO 16 DE LA LEY N° 16.744
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley 

Promulgación

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 5 de julio de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Guillermo Arthur Errázuriz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
    Lo que trancribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Paulina Dittborm Cordua, Subsecretario de Previsión Social.