Ley 19.539
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Otorga reajuste extraordinario, bonificaciones y beneficios que indica, a pensionados que señala.
Encabezado
OTORGA REAJUSTE EXTRAORDINARIO, BONIFICACIONES Y BENEFICIOS QUE INDICA, A PENSIONADOS QUE SEÑALA Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente P r o y e c t o d e L e y:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 28 de noviembre de 1997.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Jorge Arrate Mac Niven, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Patricio Tombolini Véliz, Subsecretario de Previsión Social.
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Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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12/08/2004 | Circular 2154 | Cajas de Compensación | REGÍMENES DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley 16.395Ley 17.322Ley 18.833Ley 19.123Ley 19.234Ley 19.539 | Circular2154 |
07/12/1999 | Circular 1765 | Varios | Imparte instrucciones sobre Reajuste de Pensiones que debe aplicarse a contar del 1° de Diciembre de 1999, de acuerdo con el Artículo 14 del D.F.L. N° 2.448 de 1979, y sobre aplicación de las Bonificaciones Establecidas en la Ley N° 19.539. | Ley 19.539 | Circular1765 |
03/12/1998 | Circular 1685 | Varios | Imparte instrucciones sobre Reajuste de Pensiones que debe aplicarse a contar del 1° de Diciembre de 1998, de acuerdo con el Artículo 14 del D.L. N° 2.448, de 1979, y sobre Aplicación de las Bonificaciones Establecidas en la Ley N° 19.539. | Ley 19.539 | Circular1685 |
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09/12/1997 | Circular 1612 | Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE QUE DEBE APLICARSE A CONTAR DEL 1 ° DE DICIEMBRE DE 1997, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 14 DEL D.L. N° 2.448, DE 1979, Y SOBRE APLICACIÓN DEL REAJUSTE EXTRAORDINARIO DE PENSIONES Y DE LAS BONIFICACIONES ESTABLECIDOS EN LA LEY N° 19.539. | Ley 19.539 | Circular1612 |
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