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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DL 2547

Articulos citados

Encabezado

REVALORIZA, CONFORME A DISPOSICIONES DEL DECRETO LEY N
2.444, DE 1978, PENSIONES DE REGIMENES PREVISIONALES QUE
SEÑALA.

     Núm. 2547.- Santiago, 8 de Febrero de 1979._ Vistos:
lo dispuesto en los decretos leyes Nos 1 y 128, de 1973;
527, de 1974, y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la
República de Chile ha acordado dictar el siguiente

     Decreto ley:

Promulgación

    Regístrese en la Contraloría General de la República,
publíquese en el Diario Oficial e insértese en la
Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO
PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la
República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante. Comandante en
Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director
General de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del
Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea en Jefe de la
Fuerza Aérea.- Raúl Benavides Escobar, Teniente General,
Ministro de Defensa Nacional.- Sergio de Castro Spikula,
Ministro de Hacienda.

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Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
11/07/1990Circular 1172VariosREAJUSTE DE PENSIONES. IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, CAJAS DE PREVISIÓN Y MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744, SOBRE APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 4°,.5°. Y 6°. DE LA LEY N° 18.987 Y ARTÍCULO 14 DEL D.L. N° 2.448, DE 1978.DL 2448DL 2547DL 446DL 869Ley 10.662Ley 15.386Ley 16.744ley 18.549ley 18.669ley 18.694Ley 18.754Ley 18.806Ley 18.987, artículo 4Ley 18.987, artículo 5Ley 18.987, artículo 6Circular1172