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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Decreto 57 de 2021 Minsal

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Aprueba el Reglamento de Clasificación, Etiquetado y Notificación se sustancias químicas y mezclas peligrosas.

Encabezado

APRUEBA REGLAMENTO DE CLASIFICACIÓN, ETIQUETADO Y NOTIFICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Y MEZCLAS PELIGROSAS 

     Núm. 57.- Santiago, 26 de noviembre de 2019. 

     Visto: 

     Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en los artículos 1º, 2º, 3º, 90º y 92º, del Código Sanitario, aprobado por decreto con fuerza de ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 4º, 6º y 7º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763 de 1979 y de las leyes N° 18.933 y 18.469; en la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto supremo N° 1, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC; en la Resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; y 

     Considerando: 

     Que, resulta necesario velar por el manejo adecuado de las sustancias químicas y mezclas peligrosas, a través de una comunicación común y efectiva de los peligros asociados a ellas, de manera de resguardar la salud y seguridad de las personas que las manipulan, fabrican, importan, transportan, usan, distribuyen y/o almacenan, de proteger las condiciones naturales del medio ambiente, y prevenir los efectos negativos que puedan derivar del peligro intrínseco de dichos productos. 
     
     Que, asimismo, resulta necesario proteger los derechos de los consumidores en cuanto a ser informados del peligro de las sustancias y mezclas peligrosas asociado a la salud de las personas y la protección del medio ambiente. 
     
     Que, en atención a los compromisos internacionales adquiridos con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económic (OCDE), de la cual nuestro país es miembro. 
     
     Que, para facilitar el comercio internacional y proteger la salud humana y el medio ambiente, la Organización de las Naciones Unidas ha desarrollado criterios armonizados de clasificación y etiquetado de productos químicos, dando lugar al Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, en adelante "GHS", por sus siglas en inglés. 
     
     Que, para facilitar el comercio internacional de sustancias químicas y mezclas peligrosas se requiere de reglas de clasificación y etiquetado de armonización mundial. 
     
     Que, el presente reglamento contribuye al cumplimiento del Enfoque Estratégico para la Gestión de los Productos Químicos a Nivel Internacional (SAICM), adoptado en Dubái el 6 de febrero de 2006, y al cumplimiento de la Política Nacional de Seguridad Química, aprobada en septiembre de 2017 por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. 

     Decreto: 

Promulgación

     Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Enrique Paris Mancilla, Ministro de Salud.- Carolina Schmidt Zaldívar, Ministra del Medio Ambiente.
     Transcribo para su conocimiento el decreto afecto N° 57, de 26 de noviembre de 2019.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Hübner Garretón, Jefe de División Jurídica.