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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 14.618

Encabezado

    DISPONE QUE LOS OBREROS QUE INDICA ESTARAN ACOGIDOS AL REGIMEN DE PREVISION QUE SEÑALA Y CONCEDE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 10,986 Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de Ley 

Promulgación

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, dos de Septiembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Hugo Gálvez Gajardo.

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Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
22/09/1961Circular 142VariosImparte instrucciones sobre Aplicación de la Ley N° 14.618, publicada en el Diario Oficial de 13 de Septiembre de 1961.Ley 14.618circular 142