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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 1 de 2005 Minsal, artículo 92

Texto

     Artículo 92.- Un reglamento dictado por el Ministerio          D.L. N° 2763/79
de Salud, el que también será suscrito por el Ministro de           Art. 70
Hacienda, regulará el mecanismo y las demás disposiciones           Ley Nº 19.937
necesarias para otorgar la asignación señalada en el                Art. 1º Nº 34),
artículo 90.                                                        letra b)