ley 11.764, artículo 20
Texto
Artículo 20.° Agrégase al final del artículo 35.° del decreto con fuerza de ley 280, la siguiente frase: "o haber sido licenciado en alguno de los tres primeros lugares entre los alumnos de su curso".
Artículo 20.° Agrégase al final del artículo 35.° del decreto con fuerza de ley 280, la siguiente frase: "o haber sido licenciado en alguno de los tres primeros lugares entre los alumnos de su curso".