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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dl 2763, artículo 29

Texto

    Artículo 29.- La administración superior del Fondo
estará a cargo de un Director, que será funcionario de la
exclusiva confianza del Presidente de la República.
    El Director será el jefe superior del Fondo y tendrá
su representación judicial y extrajudicial.
    Con todo, en el orden judicial, no podrá designar
árbitros en calidad de arbitradores ni ortorgarles sus
facultades a los que sean de derecho.