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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.382, artículo 35

Texto

    Artículo 35.- El mayor gasto de cargo fiscal que
represente la aplicación de los artículos 24 al 34 de esta
ley, se financiará con los recursos que se incluyen al
efecto en la Ley de Presupuestos del sector público del
año 1985.