Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.382, artículo 12

Texto

    Artículo 12.- Sustitúyese el inciso tercero del
artículo 1° de la ley N° 18.297, por el siguiente:
    "A la administración de ENAER les serán aplicables las
disposiciones financieras que rijan para las empresas del
Estado, que dependen o se relacionan con el Ejecutivo a
través del Ministerio de Defensa Nacional."