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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.382, artículo 14

Texto

    Artículo 14.- Renuévase por el plazo de un año la
aplicación de los artículos 3° y 4° de la ley N°
18.233, respecto del saldo de US$ 387.900.000.- (trescientos
ochenta y siete millones novecientos mil dólares de los
Estados Unidos de América), que resta por contratar, con
cargo a la primitiva autorización de crédito.