Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.968, artículo 123

Texto

     Artículo 123.- Modificaciones al Código de
Procedimiento Civil. Introdúcense las siguientes
modificaciones en el Código de Procedimiento Civil:

     1) Derógase el N° 5 del artículo 680.
     2) Elimínase, en el artículo 836, la frase "por
escrito".
     3) Suprímese el inciso cuarto del artículo 839.