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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.768, artículo 106

Texto

    Artículo 106.- Introdúcense, en el decreto con fuerza
de ley N° 83, de 1979, del Ministerio de Relaciones
Exteriores, las siguientes modificaciones:
    a) Derógase en la letra b) del artículo 9°, la frase
"a través del Viceministro" y suprímense las comas entre
las que se intercala dicha frase, y
    b) Reemplázase en la letra e) del mismo artículo 9°,
la expresión "Viceministro" por "Ministro".