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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.300, artículo 25 sexies

Texto

     Artículo 25 sexies.- Cuando una resolución de
calificación ambiental sea modificada por una o más
resoluciones, el Servicio de oficio o a petición del
proponente, podrá establecer el texto refundido, coordinado
y sistematizado de dicha resolución. En ejercicio de esta
facultad, podrá introducirle los cambios de forma que sean
indispensables, sin alterar, en caso alguno, su verdadero
sentido y alcance.