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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.300, artículo 4 transitorio

Texto

    Artículo 4°.- El mayor gasto fiscal que represente la
aplicación de esta ley durante 1994, se financiará con
cargo al presupuesto actualmente contemplado en la Ley de
Presupuesto de 1994 para la Secretaría Técnica y
Administrativa de la Comisión Nacional del Medio Ambiente
y, en lo que no alcanzare, con cargo al ítem
50-01-03-25-33.104 del Tesoro Público de la Ley de
Presupuestos para 1994.
    El Presidente de la República, por decreto supremo
expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, con las
asignaciones presupuestarias señaladas precedentemente,
creará el capítulo respectivo de ingresos y gastos del
presupuesto de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.