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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.300, artículo 69

Texto

    Artículo 69.- Créase el Ministerio del Medio Ambiente,
como una Secretaría de Estado encargada de colaborar con el
Presidente de la República en el diseño y aplicación de
políticas, planes y programas en materia ambiental, así
como en la protección y conservación de la diversidad
biológica y de los recursos naturales renovables e
hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la
integridad de la política ambiental y su regulación
normativa.