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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 21.063, artículo duodécimo

Texto

 
     Artículo duodécimo.- En el mes de diciembre del año
2022, los Ministerios del Trabajo y Previsión Social y de
Hacienda deberán presentar conjuntamente un informe de
evaluación de la implementación del seguro para el
acompañamiento de niños y niñas creado en el artículo
primero de esta ley. Este informe deberá considerar como
insumo el estudio actuarial sobre sustentabilidad del Fondo,
evaluar el impacto del seguro y formular una propuesta sobre
el aumento de las contingencias protegidas, de la tasa de
cotización y de la duración de los permisos, en caso que
los antecedentes así lo justifiquen. Este informe será
remitido al Senado y a la Cámara de Diputados. Asimismo
será publicado en el sitio web de los ministerios
citados.".