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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2005 del ministerio de salud, artículo 64

Texto

     Artículo 64.- La estructura y organización interna
del  Instituto se determinarán conforme a lo establecido en         D.L. Nº 2763/79
el artículo 31 de la Ley N° 18.575, cuyo texto refundido,           Art. 42
coordinado y sistematizado se fijó por el decreto con               Ley Nº 19.937
fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio                  Art. 1º Nº 30)
Secretaría General de la Presidencia, la planta y dotación
máxima y las demás normas legales vigentes.