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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.883, artículo 159

Texto

    Artículo 159.- Toda referencia que las leyes vigentes
efectúen al decreto con fuerza de ley N.° 338, de 1960, en
relación con los funcionarios municipales, se entenderá
hecha a las disposiciones correspondientes de este Estatuto.