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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.883, artículo 1

Texto

    Artículo 1°.- El estatuto administrativo de los
funcionarios municipales se aplicará al personal nombrado
en un cargo de las plantas de las municipalidades. A los
alcaldes sólo les serán aplicables las normas relativas a
los deberes y derechos y la responsabilidad administrativa.
Los funcionarios a contrata estarán sujetos a esta ley en
todo aquello que sea compatible con la naturaleza de estos
cargos.

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
31/10/2001Dictamen 40667-2001Cajas de Compensación Ley 16.395, artículo 23Ley 18.833, artículo 3ley 18.883, artículo 1Ley 19.496