dl 1263, artículo 69
Texto
Artículo 69°- Corresponderá a la Contraloría General
de la República elaborar estados consolidados sobre:
a) Situación presupuestaria
b) Situación financiera
c) Situación patrimonial
Sin perjuicio de lo anterior, la Contraloría General de
la República podrá elaborar otros estados financieros y/o
analíticos que se requieran para una mejor información.