dl 3001, artículo 13
Texto
Artículo 13.- Los aportes dispuestos en las letras c), d) y e) del artículo 22 del decreto ley N° 307, de 1974, deberán ser enterados a rentas generales de la Nación y asignados presupuestariamente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° del decreto ley N° 1.263, de 1975.