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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.196, artículo 17

Texto

    Artículo 17.- Los funcionarios designados en el
carácter de interino por no cumplir con los requisitos de
capacitación establecidos en el decreto con fuerza de ley
N° 90, de Hacienda, de 1977, pasarán a tener el carácter
de titulares a contar del 1° de enero de 1983, aun cuando
no hubieren cumplido entretanto los referidos requisitos.
    Suprímense los requisitos de capacitación exigidos en
el decreto con fuerza de ley N° 90, de Hacienda, de 1977,
para la designación en cargos de Jefaturas C y de Nivel III
del Escalafón de Jefes de Presupuesto.