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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 10 de 1978 Mintrab

Encabezado

DEROGA DECRETO SUPREMO N° 809, DE 1959, DEL EX MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y PREVISION SOCIAL, Y SUS MODIFICACIONES Y APRUEBA NUEVO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA CASA DE MONEDA DE CHILE

    Santiago, 26 de Enero de 1978.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 10.- Vistos: los antecedentes adjuntos; lo dispuesto en las leyes N° 11.764 y N° 16.781; lo establecido en el decreto N° 722, de 1955, del ex Ministerio de Salud Pública y Previsión Social; en el decreto N° 290, de 1965, del Ministerio del Trabajo; en el Art. 23 del DL. 249; la facultad que me confiere el N° 2° del Art. 72 de la Constitución Politica del Estado, y los DL. 1 y 128, de 1973; 527 y 806, de 1974, 
    Decreto:

Promulgación

    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.-
    AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Vasco Costa Ramírez, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío (AB), Ministro de Hacienda subrogante.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Raúl Ventura Juncá, Subsecretario de Previsión Social subrogante.