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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 17.213

Articulos citados

Encabezado

    LEY N° 17.213 SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL
Modifica las leyes 10.383 y 10.475 e interpreta el artículo
101° de la ley 16.735; modifica la ley 17.147, sobre
revalorización de pensiones, y modifica, asimismo, el
decreto con fuerza de ley 2.252, de 27 de febrero de 1957,
de Hacienda
    (Publicada en el "Diario Oficial" N° 27.471, de 15 de
octubre de 1969)
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY:

Promulgación

    Y teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha
desechado las observaciones formuladas por el Presidente de
la República al artículo 3° del proyecto de ley que
precede; insistido en su aprobación, de acuerdo con el
artículo 54° de la Constitución Política del Estado,
promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, siete de octubre de mil novecientos sesenta y
nueve.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Eduardo León.