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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 20.647

Encabezado

LEY NÚM. 20.647

MODIFICA LEY Nº 19.754, PERMITIENDO LA INCORPORACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES DE SALUD A LAS PRESTACIONES DE BIENESTAR Y AUTORIZANDO LA CONSTITUCIÓN DE SERVICIOS DE BIENESTAR SEPARADOS POR ENTIDAD ADMINISTRADORA

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley

     Proyecto de ley:

Promulgación

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     Santiago, 26 de diciembre de 2012.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Jaime Mañalich Muxi, Ministro de Salud.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
     Transcribo para su conocimiento ley Nº 20.647/2012.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Díaz Anaiz, Subsecretario de Salud Pública.